jueves, 30 de junio de 2011

Guiando a ciegas (I)

Para cualquier persona ajena al mundo financiero, la existencia de 3 supervisores gubernamentales (CNMV, Banco de España y Dirección General de Seguros) que regulan el correcto funcionamiento de los mercados financieros (y sus extensiones) puede ser razonable. Para aquellos que trabajamos en el sector, resulta un inconveniente. Y, si además, no funcionan correctamente o (lo que es peor aun) no toman las decisiones convenientes en cada momento el asunto puede ser peligroso. Y con los tiempos que corren…

Y, la verdad, últimamente los dirigentes de estas entidades parece que tienen la brújula un tanto… desviada. Dos son los casos que preocupan / indignan.

El primero de ellos tiene como protagonista a la CNMV. Este  lunes podíamos leer en La Vanguardia como la Unión Europea (a través de este organismo) pretende eliminar las retrocesiones que algunos asesores financieros independientes cobran por parte de los proveedores de servicios financieros (fondos de inversión, bancos, sociedades y agencias de valores…), haciéndose eco, de esta manera, de una corriente que recorre Europa.

En teoría, nuestra CNMV debe velar por el interés del pequeño inversor, y digo en teoría porque pocas veces a actuado contra los grandes jugadores del mercado (¿Alguien se acuerda de lo sucedido con Terra…?), y esta vez no iba a ser menos. Y es que este  movimiento desprende cierto “tufillo” a favor de los grandes conglomerados financieros que campan a sus anchas en este país desde tiempos inmemoriales.

La actual reglamentación de las Empresas de asesoramiento Financiero Independiente (EAFI’s) data de febrero de 2008 (este tipo de empresas apenas llevan 3 años en el mercado) y surgió por la necesidad de dar cobertura legal a nuevos actores del mundo financiero, profesionales que, ligados contractualmente o no a alguna entidad financiera o sociedad de valores, pretenden anteponer los intereses de sus clientes a los de las entidades, poniendo en valor una actividad que tradicionalmente viene haciendo la banca en España y que se había transformado en la simple colocación del producto de turno.

Teniendo en cuenta esta juventud y el hecho de que un elevado porcentaje de los 64 profesionales y empresas que figuran inscritos en la CNMV no cuentan con el apoyo de grandes grupos consolidados, la opción de percibir retrocesiones por parte de las distintas entidades con las que trabajan supone una importante fuente de ingresos que, en algún caso, puede suponer la diferencia entre la existencia y el cierre.

Y es que la existencia de esta “dependencia” no tiene por qué implicar un asesoramiento parcial o dependiente, siempre que el asesor indique a su cliente la existencia de esta relación y que cuente con una cartera de productos a ofertar lo suficientemente amplia como para que el cliente cuente con alternativas. Asimismo, el asesor debería de contar con una experiencia y conocimientos suficientemente  acreditados, al menos la persona que selecciona y ofrece las alternativas de inversión. Y, sin duda, una de las mejores armas para conseguir esto son las certificaciones profesionales. Y quizás es aquí donde la CNMV debería de fijar su punto de mira, aunque de esto nada se sabe…

Logotipo de €FPA España

En todo caso, la existencia o no de estas retrocesiones debería de ser competencia exclusiva del asesor, con la salvedad ya indicada, no debiendo suponer un filtro de control para estas empresas, ya que podemos matarlas antes de ver los posibles efectos positivos de su existencia.

Enlace a "De profesión, bancario"

Como este es la "reinvención" de el blog que mantenía hasta ahora, os dejo el enlace al mismo, para que podais ver las entradas que publiqué, ya que considero que todas ellas continúan teniendo vigencia (a pesar de que ya haya pasado unos meses...)


¡¡Disfrutadlo!!